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🧏🏼‍♀️ INCIDENCIAS EN LA APLICACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DIGITAL PARA VUTS Y PLATAFORMAS ON LINE







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Miércoles 11 de junio de 2025



INCIDENCIAS EN LA APLICACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DIGITAL DE ARRENDAMIENTOS PARA LA RECOGIDA Y EL INTERCAMBIO DE DATOS RELATIVOS A LOS SERVICIOS DE ALQUILER DE ALOJAMIENTOS DE CORTA DURACIÓN

A finales del pasado año se publicó el Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre, por el que se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos para la recogida y el intercambio de datos relativos a los servicios de alquiler
 
En esta norma es de aplicación los alquileres de viviendas completas o habitaciones en modalidad de temporada o turísticos cuya comercialización se vaya a realizar a través de plataformas en línea de alquiler.
 
Se excluye expresamente de su aplicación a los establecimientos hoteleros en cualquiera de sus modalidades (hoteles, hostales y pensiones), bloques y conjuntos de apartamentos turísiticos, aparthoteles, campings y áreas de caravanas.
 
Esta norma obliga a registrar todas las viviendas destinadas al alquiler turístico y de temporada a través del Registro Único de Arrendamientos. Este trámite se realiza a través de la sede electrónica del Colegio de Registradores que entregará un número de registro inmediatamente con carácter temporal pero que, tras las comprobaciones de la documentación entregada y si todo es correcto, cambiará el estado del número de registro como definitivo.
 
Las plataformas on line dedicadas al alquiler de viviendas de temporada solicitarán de manera obligatoria el Número de Registro obtenido en el Colegio de Registradores que será necesario para poder operar a través de estas plataformas.

Esta norma entró en vigor día 2 de enero de 2025, y va a desplegar todos sus efectos el próximo 1 de julio de 2025. A partir de esta fecha será obligatorio disponer de este número de registro para poder operar en plataformas como AirBnb, Booking, HomeAway o similares. 
 
Aquellas viviendas ofertadas que no dispongan de su número de registro emitido por el Colegio de Registradores y debidamente comunicado serán ocultadas y no aparecerán como oferta disponible.





INCIDENCIAS

A pesar de que se excluyen los apartamentos turísticos, es decir aquellos explotados en la modalidad de bloque o conjunto, lo cierto es que se están detectando numerosas incidencias en este sentido.

Por ejemplo:

  • Hay bloques íntegramente que están explotados como actividad turística pero que no están dados de alta en Turisme CV como bloques sino que cada apartamento tiene licencia como VUT. En este caso debería disponer del número de registro específico para la ventanilla única digital. 
  • La misma situación se detecta para los conjuntos de apartamentos turísticos. 
  • Hay VUTs que no disponen de referencia catastral unitaria pues pertenecen a un edificio que no ha realizado la división horizontal: en este caso hay Registros de la Propiedad que están denegando el número de registro. 

Para poder transmitir a las autoridades competentes las incidencias que se están registrando entre nuestros asociados, necesitamos tener constancia escrita de las mismas. 
Puede comunicarnos su situación especifica en el siguiente enlace:

COMUNICACIÓN DE INCIDENCIAS SOBRE TRÁMITE REGISTRAL

Quedando a su disposición y esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.

HOSBEC
Nuria Montes

Secretaria general
☎️ 965 855 516

📩 nuria.montes@hosbec.com
 



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