LÍNEAS SUBVENCIONABLES
BENEFICIARIOS
FINANCIACIÓN
El Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La finalidad de las subvenciones es fomentar el despliegue de fuentes de energía renovable térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario, el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público, así como actuaciones que acometan empresas en modalidad de servicios energéticos en el sector residencial, de forma que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado.
Las ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia simple, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 y serán gestionadas por las comunidades y ciudades autónomas. Para la Comunitat Valenciana está prevista la dotación de 13.906.313€.
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Las ayudas se ejecutarán a través de dos programas de incentivos: el primero, dirigido a sectores de la economía; y el segundo, al sector público, y permitirán la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío de menos de 1 MW de potencia.
Entre las actuaciones subvencionables se encuentran aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales (limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc).
Entre los costes subvencionables se incluyen, entre otros, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.
La ayuda otorgada cubrirá el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas, y en ambos ámbitos se incrementará en un 5% en zonas de reto demográfico: municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes con núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.
Dado el carácter incentivador del programa, solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.
El programa Reactivator, de medidas, Medidas de apoyo al Turismo, que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ha puesto en marcha, el portal de ayudas vinculadas con economía, fiscalidad, laboral, formación y transformación digital.
Podéis acceder a la plataforma a través del siguiente link https://www.reactivatur.es/es/
El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas del IVACE para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
Más información sobre la convocatoria pinchando aquí.
Fecha presentación solicitudes: del 8 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2023
Actuaciones subvencionables: Sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos (adquisición directa) y la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones en comunidades, que cumplan con las especificaciones técnicas recogidas en el artículo 3 de la convocatoria. La infraestructura podrá destinarse para los siguientes usos:
– Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
– Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, c. deportivos, etc.)
– Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
– Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
– Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
– Uso público en red de carreteras, en especial en estaciones de servicio y gasolineras.
Tipo de ayuda: Entre el 30-55% sobre el coste subvencionable, en función de población del municipio donde instalarlo (<5.000habitantes), tipo de empresa (mediana o pequeña) y tipo de acceso al punto (público o privado), así como pontencia del punto de carga, < ó > 50KW
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