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NOTA ACLARATORIA BOOKING.COM SOBRE APLICACIÓN DE LA VENTANILLA ÚNICA DE ARRENDAMIENTOS







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Viernes, 27 de junio de 2025



NOTA ACLARATORIA DE BOOKING.COM SOBRE APLICACION DE LA VENTANILLA ÚNICA DIGITAL PARA VUTS Y PLATAFORMAS ONLINE

Estimado asociado;

Hace unos días  remitimos una circular informativa para recopilar incidencias sobre el registro de VUTS en la ventanilla única digital, (Consulte aquí la circular) y hemos sido conocedores de una comunicación por parte de booking.com dirigida a los alojamientos extrahoteleros.

En esta comunicación se les solicita su número de Ventanilla Única Digital de alquileres de corta duración, en preparación para la entrada en vigor el próximo 1 de julio del Decreto 1312/2024

Consultado con la plataforma booking.com hemos recibido la siguiente nota aclaratoria:
 

NOTA ACLARATORIA DE Booking.com:

Desde Booking.com entendemos que la comunicación emitida para la solicitud del número de registro la han podido recibir partners que no están sujetos a la Ventanilla Única, y que ello ha suscitado dudas en el sector. Por este motivo, nos gustaría compartir estas recomendaciones:

  1. Comprueba si tu alojamiento está sujeto a las obligaciones de la Ventanilla Única Digital para alquileres de corta duración. No todos los alojamientos que se anuncian como “apartamento”, “villa” o similares en Booking.com, son viviendas de uso turístico o unidades que se alquilan por temporada. Por ejemplo, si se trata de un Aparthotel o una Casa Rural, entraría en una de las tipologías exentas según el artículo 2.b.1 del citado Decreto. 
  2. Facilítanos tu número de licencia. Independientemente de si estás sujeto o no a la Ventanilla Única Digital, comparte con nosotros tu número de licencia turística acorde a la tipología en la que operas. 

Para ello, puedes seguir estos pasos: 

  1. Inicia sesión en la extranet.
    Haz clic en la pestaña “Establecimiento” y selecciona “Información de las habitaciones” o “Distribución del establecimiento”.

  2. Para cada unidad, haz clic en “Editar” e introduce el número de licencia en el campo “Número de licencia”.
    Haz clic en “Actualizar tus datos” para guardar los cambios.

  3. Comprueba tu tipo de propiedad. Es importante que el tipo de propiedad que hayas seleccionado para tu anuncio refleje o sea lo más parecido posible a la categoría legal del alojamiento. Puedes cambiar tu tipo de propiedad siguiendo estos pasos: 

    1. Comprueba que las características de tu propiedad y la descripción corresponden al tipo de propiedad correcto.

    2. Revisa que la pestaña Instalaciones y Servicios refleje la información correcta según el tipo de propiedad.

    3. Si necesitas hacer cambios, envía una nota a través de la extranet para solicitarlos.

CONCLUSIONES:

  • Esta norma es de aplicación los alquileres de viviendas completas o habitaciones en modalidad de temporada o turísticos cuya comercialización se vaya a realizar a través de plataformas en línea de alquiler.
  • Se excluye expresamente de su aplicación a los establecimientos hoteleros en cualquiera de sus modalidades (hoteles, hotel apartamento, hostales y pensiones), bloques y conjuntos de apartamentos turísticos, aparthoteles, campings y áreas de caravanas.
  • Cuando un bloque o conjunto de apartamentos  están dados de alta en Turisme CV como EGVT y VUT, debería disponer del número de registro específico para la ventanilla única digital.
  • Cuando hay VUTs que no disponen de referencia catastral unitaria pues pertenecen a un edificio que no ha realizado la división horizontal el colegio de registradores ha habilitado un número de registro específico. (Pinche aquí)

ACCESO A LA SECCION DE PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE VENTANILLA ÚNICA DIGITAL DEL MINISTERIO DE VIVIENDA

Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.

Mayte García – Directora Ejecutiva HOSBEC 
☎️ 965 855 516

📩 mayte.garcia@hosbec.com
 



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