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Coronavirus: fin de las cuarentenas y de las restricciones, salvo las mascarillas en interiores

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Viernes,  de marzo de 2022

 

CORONAVIRUS          

Fin de las cuarentenas y de las restricciones por COVID,

salvo las mascarillas en interiores


La presente semana nos ha aportado importantes novedades por parte de las autoridades sanitarias en materia regulatoria de las restricciones COVID y la estrategia de vigilancia y control. 

Es sin duda un importante avance hacia la gripalización (léase "normalización") de la enfermedad. Con las nuevas medidas, sólo queda en vigor el requerimiento de uso de mascarillas en espacios públicos interiores, medida dependiente del Gobierno de España y que según anunció el propio Presidente, su eliminación se producirá "pronto".

Algunos países europeos (Reino Unido, Alemania, Bélgica...) ya han retirado todas las medidas COVID, incluidas mascarillas, aunque la incidencia en la nueva variante "Omicron silenciosa" está incrementando los casos.

En España, aunque la tendencia de la incidencia se ha ralentizado, sigue en descenso, y la presión asistencial está en zona de bajo riesgo.

 

FIN DE LAS CUARENTENAS OBLIGATORIAS - ACTUACIÓN ANTE HUÉSPEDES COVID POSITIVOS

 

Este martes 22 de marzo la Comisión de Salud Pública aprobaba la actualización de la Estrategia de Vigilancia y Control frente a la COVID-19 para su entrada en vigor el lunes 28 de marzo.

Entre los diversos cambios introducidos destaca el fin de la obligatoriedad de realizar aislamientos domiciliarios para personas diagnosticadas COVID positivo (o con sintomatología compatible). En su defecto, la actual estrategia estable que estas personas DEBERÁN:

  • Extremar las precauciones y reducir todo lo posible las interacciones sociales utilizando de forma constante la mascarilla y manteniendo una adecuada higiene de manos durante los 10 días posteriores al inicio de síntomas.
  • Evitar especialmente el contacto con personas vulnerables (mayores de 60 años, inmunodeprimidos y embarazadas) y la participación en eventos multitudinarios.
  • Siempre que sea posible y en caso de que no sea susceptible de una incapacidad temporal por su sintomatología, se recomienda el teletrabajo.

 

A la espera de que las Autoridades Sanitarias y/o Turísticas actualicen el Protocolo de actuación en alojamientos turísticos de la Comunitat Valenciana ante la detección de clientes con síntomas compatibles con la COVID19, adelantamos algunas recomendaciones a tener en cuenta a partir del lunes 25 de marzo, ante casos COVID positivos:

  • Se le informará del deber de minimizar contactos sociales y hacer uso constante de mascarilla y frecuente lavado de manos durante los 10 días siguientes a la aparición de síntomas.
    • No debe acceder a cafeterías, salones o salas de espectáculos en espacios cerradas donde se consuman alimentos y bebidas.
    • Si el cliente tiene contratado algún régimen de pensión alimenticia, se recomienda ofrecer alternativas que minimicen el riesgo de contagio a otros usuarios de los comedores colectivos. Por ejemplo:
      • Ofrecer servicio de habitaciones
      • Reservar una zona del comedor lo más aislada y ventilada posible respecto al resto de comensales, y evitar el uso del bufé por parte de los clientes afectados.
      • Realizar el servicio para estos clientes en diferente horario que al resto de comensales
    • Tampoco deben hacer uso de SPA’s u otras instalaciones cerradas incompatibles con el uso de mascarillas.
      • En el caso de duchas comunes de campings y similar, debe estudiarse la posibilidad de ofrecer duchas particulares u horarios exclusivos de uso a dichos clientes.
    • En caso de ser persona de riesgo (60 años en adelante, inmunodeprimidos o embarazadas), se les informará que pueden contactar con el sistema sanitario público para realizase una prueba diagnóstica de COVID que confirme la enfermedad.
      • Las personas no consideradas de riesgo pueden realizarse una prueba autodiagnóstica (test de farmacia) si así lo desean, pero no se realizarán pruebas sistemáticas de diagnóstico en el sistema sanitario salvo criterio clínico.
    • Los contactos estrechos convivientes de casos positivos confirmados deberán seguir las mismas restricciones establecidas para los casos positivos.
    • Todo desplazamiento que se realice en el periodo de 10 días desde presentación de síntomas o contacto debe realizarse, si es posible, en transporte privado.

 

ELIMINACIÓN DE LAS RESTRICCIONES COVID EN LA COMUNIDAD VALENCIANA

 

Ayer jueves el Consejo Interdepartamental de la Generalitat Valenciana aprobaba poner fin a las pocas restricciones que aún quedaban en vigor en el ámbito de la Comunidad Valenciana.

A falta de que se publique el texto normativo en el DOGV, en la comparecencia pública de Ximo Puig de ayer jueves se anunciaba la eliminación de las pocas restricciones que aún quedaban, a excepción del uso de mascarillas en interiores, transporte público y aglomeraciones (competencia nacional) y de la prohibición de fumar en terrazas (algo que ya se anunció que viene para quedarse).

De esta forma, los establecimientos ya no tendrán que garantizar una distancia interpersonal de 1,5 metros ni itinerarios para dirigir la circulación de la clientela y evitar aglomeraciones. En el ocio nocturno ya no se limitará exclusivamente a las mesas el consumo de bebidas. Por tanto, entendemos que se podrá consumir de pie con normalidad en bares y cafeterías, y realizar CÓCTELES con normalidad.

Desde HOSBEC realizaremos una actualización de la Guía de prevención COVID en cuanto se apruebe o valide el protocolo de actuación ante clientes COVID positivos en alojamientos turísticos, y se modifique el régimen de uso de mascarillas en interiores.

 

Quedamos a su disposición para contestar cualquier duda o consulta que tengan sobre esta nueva normativa y su alcance. Reciban un cordial saludo.  

Nuria Montes Jordi Sanjuan
Secretaria general Director HosbecSalud

 

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