Convocatoria del Programa de Competitividad Turística 2023 (ALICANTE)
Ayudas convocadas por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante, para el desarrollo de planes de mejora de la competitividad del sector turístico en el marco del Programa de competitividad turística, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y por Turisme Comunitat Valenciana.
Objeto:
Concesión de ayudas para desarrollar planes de implantación que mejoren la competitividad del sector turístico en el marco del Programa de competitividad turística, subvencionados en un 50% por FEDER, y en un 50% por Turisme Comunitat Valenciana en la fase de asesoramiento (Fase I).
Beneficiarios:
Pymes y autónomos de la provincia de Alicante, que a fecha de la publicación de la presente convocatoria, se encuentren dadas de alta en los registros de turismo de la Comunitat Valenciana o en el Censo del IAE en alguno de los siguientes epígrafes: SECCIÓN PRIMERA 67, 68, 721.3, 73, 755, 98 y SECCIÓN SEGUNDA 52, 59, 882, 883.
Cuantía:
Las ayudas económicas ascienden a 42.000€, siendo 7.000€ el máximo elegible por empresa, que será prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 50%, por lo que la cuantía máxima de ayuda por empresa será de 3.500€
Plazo de presentación de solicitudes:
Desde las 09.00h una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a esta publicación, hasta las 14.00h del día 31 de marzo de 2023. Podrá acortarse el plazo en caso de agotarse el presupuesto.
AYUDAS INSTALACIONES RENOVABLES TÉRMICAS EN DIFERENTES SECTORES DE LA ECONOMÍA 2022
Dirigido a: Personas físicas con actividad económica, las personas jurídicas, entidades del sector público, agrupaciones, asociaciones, consorcios y cualquier otra forma de colaboración de cualesquiera de las figuras anteriores, con o sin personalidad jurídica
Presentación solicitudes: Desde el 3 de noviembre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2023 a las 23:59:59 h.
Plazo de justificación: 18 meses después de la notificación de la concesión de ayuda.
A continuación se describen brevemente las características principales de este programa de ayudas, si bien la información que se considerará como oficial a todos los efectos será la publicada en la Resolución de 18 de octubre de 2022, del presidente del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo (DOGV 9458 de 27.10.2022)
Ayudas 2023 para alojamientos turísticos en eficiencia energética y economía circular.
Resolución de 2 de enero de 2023, del president de la Generalitat, por la que se establecen las bases reguladoras y se aprueba la convocatoria de ayudas dirigidas a financiar en 2023 proyectos de eficiencia energética y economía circular de empresas de alojamiento turístico de la Comunidad Valenciana, en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia financiado por la Unión Europea, Fondos Next Generation EU.
El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00.00 horas del 1 de marzo de 2023 y finalizará a las 23:59.59 horas del 30 de junio de 2023.
Las ayudas tienen como objetivo facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en las empresas de la Comunitat Valenciana. Acceda a la información completa pinchando AQUÍ.
El plazo de presentación de solicitudes se abre el 23 de noviembre de 2022, y finaliza el 31 de octubre de 2023.
ACCIONES SUBVENCIONABLES
– Sustitución de equipos e instalaciones consumidoras de energía por equipos e instalaciones que utilicen tecnologías de alta eficiencia o la mejor tecnología disponible, con objeto de reducir el consumo energético y las emisiones de CO2. Serán apoyables tanto la sustitución de equipos de proceso como la de los equipos auxiliares consumidores de energía (calderas, compresores, quemadores, motores eléctricos, etc.).
– Recuperación de calores residuales.
– Mejora del rendimiento de los equipos existentes: variadores de frecuencia en motores, incorporación de motores de alta eficiencia energética en equipos, etc.
– Los proyectos de implantación de sistemas de gestión energética, medida y control de los consumos y variables energéticas de la empresa.
– Mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de refrigeración.
– Sustitución de aparatos de refrigeración y armarios de conservación refrigerados profesionales, por otros de alta eficiencia energética.
– Sistemas de automatización y control.
– Proyectos de mejora energética de la iluminación que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del DB HE del Código Técnico de la Edificación (CTE).
– Proyectos de mejora energética de los sistemas de climatización que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del DB HE del Código Técnico de la Edificación (CTE). En este caso, los nuevos equipos han de ser de alta eficiencia energética y contar con la Mejor Tecnología Disponible (MTD).
– Proyectos de mejora de la envolvente térmica de recintos climatizados que no se encuentren dentro del ámbito de aplicación del Código Técnico de la Edificación (CTE).
En cualquier caso, los equipos adquiridos deberán ser nuevos.
No serán subvencionables, entre otras, las siguientes actuaciones:
– Proyectos que supongan un aumento del consumo de combustibles fósiles, excepto la cogeneración de alta eficiencia definida según el Real Decreto 616/2007, de 11 de mayo, sobre fomento de la cogeneración.
– Implantación de equipos cuyo propósito sea mejorar la calidad de la red eléctrica y no el conseguir un ahorro energético, como es el caso de los estabilizadores de tensión, filtros pasivos y activos de supresores de armónicos, baterías de condensadores, etc. Solamente se apoyarán aquellos equipos que tengan estabilización y control y únicamente en la parte del sistema que produzca el ahorro de energía. Además, en este caso, se deberá aportar un certificado de un laboratorio acreditado que confirme el ahorro calculado.
– Proyectos de ahorro y eficiencia energética ejecutados por empresas pertenecientes a los CNAE no incluidos en el artículo 7 de esta convocatoria.
– Instalaciones de evacuación del calor de los equipos al exterior para aumentar el rendimiento de los mismos o cualquier otra actuación realizada por mantenimiento o conservación de las instalaciones, independientemente de si genera o no ahorro de energía.
– Vehículos que se utilicen para movimiento de materiales, mercancías, personas y/o animales, tanto en el interior de la empresa durante el proceso de extracción y elaboración del producto, como para el transporte de los mismos fuera de la empresa. Tampoco serán apoyables los cargadores eléctricos para este tipo de vehículos, ni la sustitución de baterías.
El proyecto objeto de subvención se deberá radicar en el territorio de la Comunitat Valenciana.
BENEFICIARIOS
FINANCIACIÓN
LÍNEAS SUBVENCIONABLES
BENEFICIARIOS
FINANCIACIÓN
El Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
La finalidad de las subvenciones es fomentar el despliegue de fuentes de energía renovable térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario, el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público, así como actuaciones que acometan empresas en modalidad de servicios energéticos en el sector residencial, de forma que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado.
Las ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia simple, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 y serán gestionadas por las comunidades y ciudades autónomas. Para la Comunitat Valenciana está prevista la dotación de 13.906.313€.
Se ha publicado en el DOGV la Resolución del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
PROGRAMA DE INCENTIVOS 1. Energías Renovables térmicas sectores economía y residencial
– Objeto: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el territorio de la Comunitat Valenciana, en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial
– Requisitos: Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, y podrán ejecutarse una vez presentada la solicitud, sin esperar a que la concesión de la ayuda se produzca.
– Ayudas: Subvención a fondo perdido del 35 % de los costes subvencionables en el caso de gran empresa, 40 % en el de mediana empresa y 45 % en el caso de pequeña empresa. Se podrá sumar una ayuda adicional de 5 puntos porcentuales, en el caso de municipios de reto demográfico.
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el 3 de noviembre de 2022 al 31 de diciembre de 2023
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: Hasta el 31 de diciembre de 2023
PROYECTOS SUBVENCIONABLES
Las ayudas se ejecutarán a través de dos programas de incentivos: el primero, dirigido a sectores de la economía; y el segundo, al sector público, y permitirán la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío de menos de 1 MW de potencia.
Entre las actuaciones subvencionables se encuentran aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales (limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc).
Entre los costes subvencionables se incluyen, entre otros, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.
La ayuda otorgada cubrirá el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas, y en ambos ámbitos se incrementará en un 5% en zonas de reto demográfico: municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes con núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.
Dado el carácter incentivador del programa, solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.
El programa Reactivator, de medidas, Medidas de apoyo al Turismo, que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ha puesto en marcha, el portal de ayudas vinculadas con economía, fiscalidad, laboral, formación y transformación digital.
Podéis acceder a la plataforma a través del siguiente link https://www.reactivatur.es/es/
El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas del IVACE para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.
Más información sobre la convocatoria pinchando aquí.
Fecha presentación solicitudes: del 8 de octubre de 2021 al 31 de diciembre de 2023
Actuaciones subvencionables: Sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos (adquisición directa) y la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones en comunidades, que cumplan con las especificaciones técnicas recogidas en el artículo 3 de la convocatoria. La infraestructura podrá destinarse para los siguientes usos:
– Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.
– Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, c. deportivos, etc.)
– Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.
– Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.
– Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.
– Uso público en red de carreteras, en especial en estaciones de servicio y gasolineras.
Tipo de ayuda: Entre el 30-55% sobre el coste subvencionable, en función de población del municipio donde instalarlo (<5.000habitantes), tipo de empresa (mediana o pequeña) y tipo de acceso al punto (público o privado), así como pontencia del punto de carga, < ó > 50KW
Pinche aquí para acceder a toda la información de la convocatoria.