Propiedad Intelectual
Novedades sobre EGEDA
Dictamen de la CPI y recurso judicial presentado
Estimado asociado:
Se han producido en las últimas semanas importantes novedades en materia de propiedad intelectual, en concreto con EGEDA que creemos interesante que conozcan. Vamos a intentar resumir de una forma muy breve y sencilla este conflicto y las novedades que se han producido.
QUIÉN ES EGEDA
EGEDA es una entidad de gestión de derechos de propiedad intelectual, autorizada por el Ministerio de Cultura, que representa los derechos de los productores audiovisuales, de películas y series de televisión. Tiene derecho a cobrar una prestación económica por la comunicación pública que se haga de estos repertorios en establecimientos hoteleros.
Según la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, los establecimientos hoteleros realizan comunicación pública en las habitaciones por el simple hecho de estar conectados a una red de antena colectiva.
EL CONFLICTO EGEDA-SECTOR HOTELERO ESPAÑOL
El conflicto entre EGEDA y el sector hotelero español se remonta al año 1998, cuando esta entidad quería establecer unas tarifas de 360 pesetas por habitación ocupada y día, tarifas que fueron denunciadas ante Defensa de la Competencia que falló a favor de los hoteles anulando estas tarifas por abusivas. Varios pronunciamientos similares se han producido en el transcurso de estos años, todos ellos respaldados por el Tribunal Supremo, que ha dado la razón siempre al sector hotelero en su lucha por la determinación de la tarifa
LA LEY DE PROPIEDAD INTELECTUAL
En los últimos años, la Ley de Propiedad Intelectual ha experimentado diferentes modificaciones y una de ellas obliga a las entidades de gestión a llegar a acuerdos con las asociaciones de usuarios (en el caso hotelero CEHAT) para la determinación de las tarifas de aplicación. En caso de desacuerdo habilita la intervención de la Comisión de Propiedad Intelectual (en adelante y en la documentación SPCPI) para que pueda determinar estas tarifas.
CEHAT SOLICITA LA INTERVENCIÓN DE LA SPCPI
En diciembre de 2018, CEHAT solicita la intervención de la Comisión de Propiedad Intelectual para la determinación de las tarifas de Hotel.
Desde 2016 EGEDA determinó de forma unilateral y sin acuerdo una tarifa con la siguiente estructura: Tarifa por plaza hotelera ocupada/mes
Estas tarifas harían que un hotel tipo 4* con 200 hab y con una ocupación media del 80% pagara a EGEDA al año 8.832,00 €. El mismo hotel de 5* pagaría 12.595,20€
CEHAT se opuso a estas tarifas y con un complejo estudio comparativo cifró en una primera instancia en 0,1213€ por plaza/mes sin distinción de categorías lo que sería una tarifa aplicable al sector hotelero, por asimilación de la tarifa que se aplica a los cableoperadores (movistar, Netflix, etc…) que son los que hacen negocio con la transmisión y emisión de contenidos audiovisuales de películas y series de TV.
(Con posterioridad, la misma SPCPI rebajó las tarifas de EGEDA para estos cableoperadores a un máximo de 0,1367€ por hogar abonado y mes)
El expediente de CEHAT se resolvió finalmente en marzo de 2023.
LA DECISIÓN SOBRE TARIFAS DE LA SPCPI PARA EL SECTOR HOTELERO
En su Resolución de 14 de marzo de 2023, la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual ha establecido la tarifa general que deberán abonar los establecimientos de hospedaje a la Entidad de Gestión de Derechos Audiovisuales (EGEDA) por la retransmisión de obras y grabaciones audiovisuales en sus estancias a través de televisión, de acuerdo con lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual.
Estas tarifas son las siguientes:
La SPCPI abandona el criterio de las estrellas, pero subyace un criterio de discriminación parecido por el uso intensivo o no de contenidos de televisión.
Sin embargo, la SPCPI impone a los establecimientos hoteleros tarifas sensiblemente superiores a las que se determinan para los cableoperadores, que precisamente hacen negocio con la transmisión de contenidos audiovisuales.
RECURSO JUDICIAL INTERPUESTO POR CEHAT
Por estos motivos, CEHAT ha presentado recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. El Recurso va acompañado de la solicitud de suspensión cautelar de la Resolución SPCPI y, por tanto, de la aplicación de la Tarifa, complementada con una medida cautelar de pago a cuenta a favor de EGEDA mientras el procedimiento judicial se sustancia
INFORMES DETALLADOS DE LA CUESTIÓN
Para aquellos asociados que deseen disponer de un conocimiento más profundo de toda esta cuestión. ponemos a su disposición la siguiente documentación que pueden descargar pulsando en cada uno de los botones
Puede dirigirnos sus consultas si recibe alguna comunicación escrita de EGEDA dirigida a regularizar pagos o cuestiones similares. En todo caso, también nos ponemos a su disposición para atender sus dudas y consultas respecto a las entidades de propiedad intelectual.
Estamos organizando una breve sesión formativa en materia de propiedad intelectual y sector hotelero que esperamos poder celebrar en sesión mixta (online y presencial) en las próximas semanas.