Scroll Top
Paseo Els Tolls • 2 • Ed. Invattur 3ª planta 03502 • Benidorm • Alicante

⚡ Modificación precios voluntarios para el pequeño consumidor (PVPC) a partir 01/01/2024







*|MC:SUBJECT|*






¿No ves este e-mail correctamente?
Ver en el navegador

Martes, 07 de noviembre de 2023



Modificación precios voluntarios para el pequeño consumidor (PVPC) a partir 01/01/2024

Estimado asociado,

Hace unas semanas se publicó el Real Decreto 446/2023, en el que se detallan las modificaciones realizadas sobre el Real Decreto 216/2014 en referencia al PVPC. A continuación, les resumimos las principales novedades normativas.

PRINCIPALES NOVEDADES REAL DECRETO 446/2023

 

  • A partir del 01/01/2024, se establece que solo los titulares de puntos de suministro que sean personas físicas o microempresas, con tensiones no superiores a 1 kV y potencia contratada menor o igual a 10 kW, pueden acogerse a los precios voluntarios para el pequeño consumidor (PVPC).
     
  • La figura de microempresa la define la UE pero a grandes rasgos se debería cumplir:
    • Emplear a menos de 10 trabajadores
    • La cifra de negocios no supere los 2 millones de euros.
       
  • Se establece un nuevo procedimiento de cálculo del coste de la energía que entrará en vigor el 1 de enero de 2024.
     
  • Dicho procedimiento incluye el cálculo de precios medios horarios, términos de ajuste, costes de servicios de ajuste del sistema y otros costes asociados al suministro. Se proporcionan fórmulas y coeficientes para el cálculo de dichos términos. Con esta reforma del PVPC se lleva a cabo una desindexación parcial de los mercados al contado incorporando, progresivamente, referencias de los mercados de futuros. 
    • En 2024 representarán un 25%.
    • En 2025 representarán un 40%.
    • En 2026 representarán un 55%.
       
  • Además, las referencias de precios de los mercados de futuros, a su vez, estará compuesto por diferentes productos a largo plazo con distinto horizonte temporal: 
    • El 10% corresponderá al producto mensual.
    • El 36% corresponderá al producto trimestral.
    • El 54% corresponderá al producto anual.

 
Para acceder a la información completa y consultar todas las modificaciones realizadas, puede consultar el Real Decreto 446/2023

HOSBEC ENERGÍA

Le recordamos que este envío informativo se encuadra dentro del servicio gratuito de HOSBEC Energía, cuyos principales objetivos son:
 

  • Definición y actualización del perfil energético de los hoteles y empresas asociadas. Dónde, cómo, y cuánta energía se consume. 
  • Establecer indicadores energéticos de consumos y realizar ejercicios de comparativas (Benchmarking energético)
  • Establecer guías de buenas prácticas de consumos energéticos a todos los niveles de las empresas asociadas a HOSBEC.
  • Disponer de un servicio de asesoramiento especializado que detecte ventajas competitivas y permita análisis de las opciones disponibles en tecnología y uso de energías.
  • Asesoramiento en la implantación de Norma ISO 50001
  • Establecer estrategias de compra de energía (luz y gas) colaborativas e innovadoras.  
  • Coordinar actuaciones en materia de uso de energías renovables, autoconsumo y energía solar fotovoltaica. 

Si está interesado en formar parte del grupo contacte con energia@hosbec.com para recibir toda la información y comenzar a recibir este servicio.

Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.

HOSBEC Servicios Generales
☎️ 965 855 516

📩 hosbec@hosbec.com
 



Facebook | Twitter | Instagram | LinkedIn | YouTube

Copyright © 2023 HOSBEC – Prensa y Comunicación
 Todos los derechos reservados
 
Nuestra dirección postal es:
HOSBEC – Asociación empresarial hotelera y turística de la Comunidad Valenciana
Paseo Els Tolls • 2 • Ed. Invattur 3ª planta • 03502 • Benidorm  • Alicante
www.hosbec.com     hosbec@hosbec.com

¿Quieres cambiar cómo recibes nuestros correos?
Puedes cambiar tus preferencias de envío o puedes dejar de recibir todas nuestras comunicaciones.