Este nuevo enfoque requería actualizar las normas a seguir ante casos positivos COVID-19 alojados en establecimientos turísticos y que había establecido la propia Conselleria de Sanidad en mayo de 2021.
Los procedimientos de actuación ante clientes que presenten síntomas compatibles con COVID-19 deberán ser informados a todos los huéspedes de la manera que cada establecimiento estime oportuno.
El establecimiento establecerá restricciones de acceso a personas que comuniquen síntomas compatibles o confirmen que son COVID positivos a locales públicos cerrados donde no se usen las mascarillas:
Cafeterías, salones y salas de espectáculos donde se permita el consumo de alimentos o bebidas
SPA’s, duchas comunitarias…
En el caso de los restaurantes, se implantaran alternativas que minimicen el riesgo de contagio a otros comensales o empleados, por ejemplo:
Ofrecer servicio de habitaciones
Reservar una zona del comedor lo más aislada y ventilada posible respecto al resto de comensales
Restringir el uso del bufé por parte de los clientes afectados
Facilitar el acceso al comedor en horario diferente al resto de comensales
Habilitar terrazas para su uso como comedor por clientes afectados
Todo desplazamiento que se realice en el periodo de 10 días desde presentación de síntomas o contacto se realizará, si es posible, en transporte privado.
El protocolo mantiene la obligación de prolongar la estancia (con el pertinente acuerdo económico) de aquellos huéspedes que así lo requieran, especialmente a aquellos que estando afectados por la enfermedad hayan de usar transporte colectivo para regresar a su domicilio habitual.
Igualmente, el protocolo mantiene las condiciones estructurales y de servicio a facilitar en las habitaciones donde se alojen huéspedes afectados por COVID-19.
Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.