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👮‍♀️ INSTRUCCIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR SOBRE EL REGISTRO DE VIAJEROS EN ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS







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Miércoles, 11 de mayo de 2022



INSTRUCCIONES DEL MINISTERIO DEL INTERIOR SOBRE EL REGISTRO DE VIAJEROS EN ALOJAMIENTOS TURĂŤSTICOS

Se dan instrucciones precisas a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado para continuar con el sistema actual. 


Nos informan desde CEHAT que el Ministerio del Interior ha remitido una circular a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado, en relaciĂłn al Real Decreto 933/2021 que regula el nuevo sistema de registro de viajeros para establecimientos hoteleros y alojmamientos turĂ­sticos. 

En esta comunicaciĂłn se dan instrucciones precisas para que los partes de viajeros se sigan haciendo como hasta ahora, sin ningĂşn cambio, hasta que se termine la elaboraciĂłn de sistemas y procedimientos tĂ©cnicos, lo que confirma la idoneidad de las instrucciones que les remitimos hace unas semanas. 
 
El texto concreto de esta comunicaciĂłn es el siguiente:

“En relación con la próxima entrada en vigor del Real Decreto 933/2021, de 26 de octubre, por el que se establecen las obligaciones de registro documental e información de las personas físicas o jurídicas que ejercen actividades de hospedaje y alquiler de vehículos a motor, se informa:
 
El referido Real Decreto recoge que las previsiones relativas a las obligaciones de comunicación producirán efectos a partir del día 2 de enero de 2023.
 
Desde el Ministerio del Interior se está trabajando en la elaboración de los sistemas y procedimientos técnicos que permitan la transmisión y conservación de los datos recogidos en la norma. En el momento actual, se sigue trabajando en la confección de la herramienta necesaria para la correcta y completa implementación de la norma.
 
En este sentido, hasta la terminación de los correspondientes trabajos técnicos, según indica la norma, es de aplicación el conjunto de disposiciones anteriores en lo que no se le oponga, y en particular, la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y otros análogos.
 
Dado lo anterior, los sujetos obligados continuarán cumplimentando los partes de viajeros y comunicando los datos tal y como se ha venido haciendo hasta ahora, no pudiendo solicitar las diferentes Fuerzas y Cuerpos de Seguridad la cumplimentación de información adicional a la que ya se venía solicitando.
 
Lo que se comunica para su cumplimiento y efectos oportunos.”


Por otro lado, nuestros representantes en CEHAT mantuvieron una reuniĂłn con los responsables del Ministerio del Interior para negociar modificaciones importantes al contenido del Real Decreto 933/2021, siendo los principales puntos de conflicto los siguientes:

  1. Qué datos han de ser obligación y cómo se remiten.
  2. La inutilidad de remitir las reservas cuando se produzcan por parte del hospedaje y sĂłlo informar a la llegada de los clientes.
  3. El sector es muy heterogéneo. Un 82% de los españoles pernoctan en establecimientos o viviendas sin recepción (datos del INE) así como un 28% de los extranjeros (datos de Frontur).
  4. Imposibilidad de remitir datos de transacciones econĂłmicas que por Directivas Comunitarias están encriptadas y no las poseen más que las entidades bancarias y no los actores del sector turĂ­stico.
  5. Si el objetivo es la automatizaciĂłn, nuestra oposiciĂłn a recabar datos de forma manual que no aparezcan en un documento electrĂłnico por la multiplicidad de errores que se van a producir y el incremento de cargas de trabajo injustificado.

Hay otros muchos detalles que habrá que pulir, aunque se ha notado una predisposición real a encontrar soluciones para fortalecer la seguridad del Estado, sin incrementar la carga de trabajo a los que ya dan datos y obligar a los que no los dan a que los faciliten.
 
 

Continuaremos informando con las novedades que se sigan produciendo sobre este asunto.

Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.

Nuria Montes
Secretaria general

đź“© nuria.montes@hosbec.com

 



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