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Ayudas 2024 para la inclusion de productos de calidad diferenciada de la CV en la oferta gastronómica







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Lunes 24 de junio de 2024



AYUDAS 2024 A LA INCLUSIÓN DE PRODUCTOS DE CALIDAD DIFERENCIADA EN LA OFERTA GASTRÓNOMICA  DE LOS ESTABLECIMIENTOS HOTELEROS Y DE RESTAURACIÓN

Estimado asociado:

Con fecha de 21 de junio de 2024 se ha publicado en el DOGV la RESOLUCIÓN de 14 de junio de 2024, de la Conselleria de Agricultura, Ganadería y Pesca, por la que se convocan, para el ejercicio 2024, las ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana en la oferta de los establecimientos de hostelería de la Comunitat Valenciana.
 
Objeto de las ayudas
Subvencionar a aquellos establecimientos de hostelería que incluyan en su carta un porcentaje significativo de productos amparados por las figuras de calidad agroalimentaria de la Comunitat Valenciana.
 
Beneficiarios:
Personas físicas o jurídicas titulares de establecimientos y actividades de hostelería y restauración en el territorio de la Comunitat Valenciana que en el momento de presentar la solicitud estén inscritas en el Registro Sanitario de Establecimientos Alimentarios Menores, y que desarrollen alguna de las siguientes categorías:
a) Restaurante
b) Cafetería
c) Café, bar y salón-lounge
d) Caterings y servicio de comida a domicilio
e) Salones de banquetes
f) Locales destinados a conciertos o espectáculos que dispongan de instalaciones de restaurante o cafetería
g) Establecimientos hoteleros que dispongan de instalaciones de restaurante o cafetería
 
Bases reguladoras:
ORDEN 13/2023, de 22 de mayo, de la Conselleria de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a la inclusión de productos de calidad diferenciada de la Comunitat Valenciana en la oferta de los establecimientos de hostelería de la Comunitat Valenciana. (DOGV 9605, 29.05.2023)

Cuantía:
El importe total de las ayudas es de 147.500,00 € para el ejercicio 2024, pudiendo incrementarse hasta un importe máximo de 200.000,00 €.
 
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo de presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS hábiles y se iniciará mañana 25 de junio, y estará vigente hasta el 15 de julio de 2024.
 
Las solicitudes y la documentación que las acompaña se presentarán preferentemente en los registros de los órganos administrativos a los que se dirijan, pudiéndose presentar también en cualquiera de los registros previstos en la legislación reguladora del procedimiento administrativo común, mediante el correspondiente modelo normalizado disponible a través de la sede electrónica de la Generalitat, en la dirección de internet sede.gva.es/es/proc22654  
 

Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.

Secretaria General
Mayte García Córcoles
☎️ 965 855 516

📩 secretaria.general@hosbec.com
 

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