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AYUDAS Y SUBVENCIONES

GESTORES DE SUBVENCIONES
ENTIDADES COLABORADORAS QUE FACILITAN LA SOLICITUD Y GESTIÓN DE SUBVEnCIONES PARA EMPRESAS TURÍSTICAS
AYUDAS Y SUBVENCIONES
Consulta las ayudas y subvenciones más recientes para el sector turístico de la comunidad valenciana

Ayudas para mejorar el posicionamiento del sector turístico

Con fecha de 09 de abril se publicó en el DOGV la RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2024, de la presidenta de Turisme Comunitat Valenciana, por la que se convocan las ayudas para mejorar el posicionamiento del sector turístico para el año 2024.

Tipos de actuaciones:

Programa 1: dirigido a empresas turísticas de la Comunitat Valenciana que desarrollen durante 2024 proyectos orientados al posicionamiento del sector turístico.

Programa 2: dirigido a empresas, asociaciones, federaciones o fundaciones que lleven a cabo durante 2024 eventos musicales, deportivos, gastronómicos y culturales en la Comunitat Valenciana que tengan impacto turístico.

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará a las 9:00:00 horas del día 13 de mayo de 2024, finalizando a las 14:00:00 horas del día 27 de mayo de 2024 (hora oficial peninsular española).

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

Cada solicitante podrá presentar un único proyecto relativo a uno o varios de los siguientes ámbitos:

a) Promoción y publicidad en un entorno omnicanal (físico y digital).
b) Comercialización y puesta en mercado de productos y/o servicios turísticos experienciales.
c) Sostenibilidad y gamificación.

El proyecto a subvencionar deberá realizarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2024.

Ayudas dirigidas a proyectos de digitalización "Última Milla"

Con fecha de 28 de diciembre se publicó en el BOE la Orden ITU/1391/2023, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de ayudas para proyectos de digitalización de «Última Milla» en empresas del sector turístico y se procede a su convocatoria correspondiente al año 2023, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Tipos de actuaciones:

1.      Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores, que incorporen tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/alto, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico (5G, big data, ciberseguridad, aplicaciones móviles, etc.)

Los proyectos se deberán desarrollar por un mínimo de 5 empresas. El presupuesto mínimo del proyecto será de 300.000 euros y el máximo de 3.000.000 euros. Los proyectos tendrán una ejecución máxima de 12 meses desde la resolución definitiva de concesión.

2.      Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías, que incorporen tecnologías ya testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo, que permitan mejorar la competitividad del sector turístico (5G, big data, ciberseguridad, aplicaciones móviles, etc.)

Los proyectos se deberán desarrollar por un mínimo de 3 empresas. El presupuesto mínimo del proyecto será de 200.000 euros y el máximo de 750.000 euros. Los proyectos tendrán una ejecución máxima de 12 meses desde la resolución definitiva de concesión.

3.      Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías por parte de PYMES, que incorporen tecnologías ya testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo o procesos de digitalización de sus actividades, vinculadas a la sensorización, seguridad de visitantes, demanda turística, sostenibilidad, optimización de recursos, gestión de plataformas, desarrollo de espacio de datos, etc.

Los proyectos se presentarán de forma individual por las PYMES. El presupuesto mínimo del proyecto será de 20.000 euros y el máximo el establecido en las ayudas de minimis. Los proyectos tendrán una ejecución máxima de 9 meses desde la resolución definitiva de concesión.

 

Plazo de presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria.

Forma de presentación:

Los formularios de solicitud estarán disponibles para su cumplimentación y presentación en el Portal de Ayudas del Ministerio de Industria y Turismo (https://www.mincotur.gob.es/PortalAyudas/Paginas/Index.aspx).

Convocatoria del Programa de Competitividad Turística 2023 (ALICANTE)

Ayudas convocadas por la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Alicante, para el desarrollo de planes de mejora de la competitividad del sector turístico en el marco del Programa de competitividad turística, cofinanciado por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de la Unión Europea y por Turisme Comunitat Valenciana.

Objeto:

Concesión de ayudas para desarrollar planes de implantación que mejoren la competitividad del sector turístico en el marco del Programa de competitividad turística, subvencionados en un 50% por FEDER, y en un 50% por Turisme Comunitat Valenciana en la fase de asesoramiento (Fase I).

Beneficiarios:

Pymes y autónomos de la provincia de Alicante, que a fecha de la publicación de la presente convocatoria, se encuentren dadas de alta en los registros de turismo de la Comunitat Valenciana o en el Censo del IAE en alguno de los siguientes epígrafes: SECCIÓN PRIMERA 67, 68, 721.3, 73, 755, 98 y SECCIÓN SEGUNDA 52, 59, 882, 883.

Cuantía:

Las ayudas económicas ascienden a 42.000€, siendo 7.000€ el máximo elegible por empresa, que será prefinanciado en su totalidad por la empresa beneficiaria y cofinanciado por FEDER al 50%, por lo que la cuantía máxima de ayuda por empresa será de 3.500€

Plazo de presentación de solicitudes:

Desde las 09.00h una vez transcurridos 5 días hábiles desde el día siguiente a esta publicación, hasta las 14.00h del día 31 de marzo de 2023. Podrá acortarse el plazo en caso de agotarse el presupuesto.

Las ayudas tienen como objetivo  facilitar la viabilidad económica de las inversiones en ahorro de energía en las empresas de la Comunitat Valenciana. Acceda a la información completa pinchando AQUÍ. 

El plazo de presentación de solicitudes se abre desde el 3 de agosto de 2019 hasta el 30 de junio de 2024.

ACCIONES SUBVENCIONABLES

Las actuaciones objeto de ayuda deberán conseguir una reducción de las emisiones de dióxido de carbono y del consumo de energía final, mediante la mejora de la eficiencia energética con respecto a su situación de partida, y deben encuadrarse en alguna de las siguientes tipologías previstas en el artículo 6 del Real Decreto 263/2019, de 12 de abril:

• Actuación 1: Mejora de la tecnología en equipos y procesos industriales.

Sustitución de equipos e instalaciones, así como sistemas auxiliares consumidores de energía, por otros que utilicen tecnologías de alta eficiencia energética o la mejor tecnología disponible con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de las empresas cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en la convocatoria de ayudas.

Las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética. El ratio económico-energético máximo será de 14.379 € (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año). La medición del ahorro energético obtenido por la aplicación de esta convocatoria se calculará siguiendo la metodología de cálculo indicada en el Anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012

• Actuación 2: Implantación de sistemas de gestión energética.

Implantación de sistemas de gestión energética con objeto de reducir el consumo de energía final y las emisiones de CO2 de las instalaciones industriales de las empresas cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los recogidos en la convocatoria de ayudas.

La mejora de la eficiencia energética, por la implantación de un sistema de gestión energética, debe comprender las actuaciones necesarias, tanto a nivel de medición de las variables de consumo de energía, como para la instalación de los elementos de regulación y control de los parámetros de proceso e implementación de los sistemas informáticos para el análisis, regulación y control, así como para el funcionamiento óptimo de la instalación, reducción de los consumos de energía final y de costes, disminución de emisiones y para proporcionar la información de forma rápida y precisa, necesaria para la gestión energética de la instalación.

Las actuaciones deben cumplir la legislación vigente que les afecte para el cálculo y desarrollo de las medidas de eficiencia energética. En el caso de no existir normativa o legislación aplicable se utilizará la Mejor Tecnología Disponible (MTD) de ahorro y eficiencia energética. El ratio económico-energético máximo será de 14.501 € (inversión elegible)/tep (ahorro energía final en un año) y deberán cumplir con la Norma UNE-EN ISO 50001 relativa a los sistemas de gestión energética o la que en su lugar la sustituya. La medición del ahorro energético obtenido se calculará siguiendo la metodología de cálculo indicada en el Anexo V de la Directiva 2012/27/UE, de 25 de octubre de 2012.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias las empresas que tengan la consideración de PYME, o de Gran Empresa del sector industrial, cuyo CNAE 2009 se encuentre dentro de los establecidos en la convocatoria de ayudas (del 07 al 11, del 13 al 33 y del 35 al 39). El proyecto objeto de subvención deberá realizarse dentro del territorio de la Comunitat Valenciana.

 

FINANCIACIÓN

La cuantía máxima de las ayudas será, para cada una de las actuaciones, la menor de las siguientes:

a) El 30% de la inversión elegible del proyecto.

b) La cuantía máxima que se establece para actuaciones de eficiencia energética en el artículo 38 Reglamento (UE) Nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014. Los porcentajes aplicables sobre el coste subvencionable son los siguientes:

– Gran empresa: 35%
– Mediana empresa: 45%
– Pequeña empresa: 55%

c) Un máximo de 1,5 millones de euros por proyecto.

Las ayudas tienen como objetivo la transformación digital de las empresas y van destinadas a procesos de innovación en materia de organización o de procesos, pudiendo incluir, bien la aplicación de un nuevo método organizativo a las prácticas comerciales, la organización del centro de trabajo o las relaciones exteriores de una empresa; o bien la aplicación de un método de producción o suministro nuevo o significativamente mejorado.
 
El plazo de presentación de solicitudes es un mes, desde la publicación, hoy día 2 de junio, del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

LÍNEAS SUBVENCIONABLES

Línea 1: Proyectos de desarrollo tecnológico innovadores que incorporarán tecnologías emergentes o de nuevo desarrollo con riesgo tecnológico medio/bajo.
 
Línea 2: Proyectos de implantación y adopción de nuevas tecnologías que incorporarán tecnologías testadas previamente en el mercado con riesgo tecnológico bajo.

BENEFICIARIOS

Empresas y asociaciones profesionales y empresariales del sector turístico. Las entidades participantes deberán constituirse en agrupación.

FINANCIACIÓN

La intensidad máxima de la ayuda será de hasta el 50% del presupuesto total del proyecto.  En proyectos en los que participen grandes empresas, la intensidad máxima será del 15%.
 
El presupuesto de los proyectos será:
• Línea 1: mínimo 500.000€ y máximo 5.000.000€
• Línea 2: mínimo 300.000€ y máximo 750.000€
Ayudas IVACE -Renovables térmicas en instalaciones hoteleras

El Real Decreto 1124/2021, de 21 de diciembre, aprueba la concesión directa a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla de ayudas para la ejecución de los programas de incentivos para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

La finalidad de las subvenciones es fomentar el despliegue de fuentes de energía renovable térmicas en sectores productivos como el industrial, el agropecuario, el de servicios, pero también en establecimientos e infraestructuras del sector público, así como actuaciones que acometan empresas en modalidad de servicios energéticos en el sector residencial, de forma que contribuyan al proceso de descarbonización de la economía y, en el caso de las empresas, consoliden su competitividad en el mercado. 

Las ayudas, que se otorgarán en régimen de concurrencia simple, estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2023 y serán gestionadas por las comunidades y ciudades autónomas. Para la Comunitat Valenciana está prevista la dotación de 13.906.313€.

Se ha publicado en el DOGV la Resolución del Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), por la que se convocan ayudas para la implantación de instalaciones de energías renovables térmicas en diferentes sectores de la economía, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

PROGRAMA DE INCENTIVOS 1. Energías Renovables térmicas sectores economía y residencial

–        ObjetoRealización de instalaciones de energías renovables térmicas en el territorio de la Comunitat Valenciana, en los sectores industrial, agropecuario, servicios y/u otros sectores de la economía, incluyendo el sector residencial

–        Requisitos: Solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda, y podrán ejecutarse una vez presentada la solicitud, sin esperar a que la concesión de la ayuda se produzca.

–        Ayudas: Subvención a fondo perdido del 35 % de los costes subvencionables en el caso de gran empresa, 40 % en el de mediana empresa 45 % en el caso de pequeña empresa. Se podrá sumar una ayuda adicional de 5 puntos porcentuales, en el caso de  municipios de reto demográfico.  

PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: Desde el 3 de noviembre de 2022 al 31 de julio de 2024
PLAZO DE JUSTIFICACIÓN: 15 meses después de la notificación de la concesión de ayuda

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Las ayudas se ejecutarán a través de dos programas de incentivos: el primero, dirigido a sectores de la economía; y el segundo, al sector público, y permitirán la puesta en marcha de instalaciones de energía solar térmica, geotermia, energía ambiente (aerotermia e hidrotermia), biomasa o microrredes de calor y frío de menos de 1 MW de potencia.

Entre las actuaciones subvencionables se encuentran aplicaciones para la producción de frío y/o calor en edificios (agua caliente sanitaria y climatización) o en procesos industriales (limpieza, secado, baños térmicos para tratamiento de superficies, servicios de lavandería, lavado de vehículos, pasteurización y conservación de productos perecederos, climatización de naves de uso industrial, ganado e invernaderos, etc).

Entre los costes subvencionables se incluyen, entre otros, la inversión en equipos y materiales, los costes de ejecución de las obras o los sistemas de control y monitorización tanto de la producción como de la demanda de energía térmica, así como obras civiles necesarias para la ejecución de los proyectos.

La ayuda otorgada cubrirá el 70% de estos costes en el sector público y hasta el 45% en el caso de pequeñas empresas, y en ambos ámbitos se incrementará en un 5% en zonas de reto demográfico: municipios de hasta 5.000 habitantes y municipios no urbanos de hasta 20.000 habitantes con núcleos de población de menos de 5.000 habitantes.

Dado el carácter incentivador del programa, solo se admitirán actuaciones iniciadas con posterioridad a la fecha de registro de la solicitud de la ayuda.

AYUDAS AL AUTOCONSUMO Y EL ALMACENAMIENTO, CON FUENTES DE ENERGÍA RENOVABLE

El objeto de la presente resolución es convocar las ayudas del IVACE para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial.

Más información sobre la convocatoria pinchando aquí. 

Programa Moves III - Infraestructuras

Fecha presentación solicitudes: del 8 de octubre de 2021 al 31 de julio de 2024

Actuaciones subvencionables: Sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos (adquisición directa) y la preinstalación eléctrica y de servicio de comunicaciones en comunidades, que cumplan con las especificaciones técnicas recogidas en el artículo 3 de la convocatoria. La infraestructura podrá destinarse para los siguientes usos:

–      Uso privado en sector residencial, incluidas las viviendas unifamiliares.

–      Uso público en sector no residencial (aparcamientos públicos, hoteles, centros comerciales, universidades, hospitales, polígonos industriales, c. deportivos, etc.)

–      Uso privado en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a su propia flota.

–      Uso público en zonas de estacionamiento de empresas privadas y públicas, para dar servicio a sus trabajadores y clientes.

–      Uso público en vía pública, ejes viarios urbanos e interurbanos.

–      Uso público en red de carreteras, en especial en estaciones de servicio y gasolineras.

Tipo de ayuda: Entre el 30-55% sobre el coste subvencionable, en función de población del municipio donde instalarlo (<5.000habitantes), tipo de empresa (mediana o pequeña) y tipo de acceso al punto (público o privado), así como potencia del punto de carga, < ó > 50KW

Pinche aquí para acceder a toda la información de la convocatoria. 

Portal de AYUDAS PÚBLICAS por comunidades autonómicas y diputaciones

El programa Reactivator, de medidas, Medidas de apoyo al Turismo, que el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, ha puesto en marcha, el portal de ayudas vinculadas con economía, fiscalidad, laboral, formación y transformación digital.

Podéis acceder a la plataforma a través del siguiente link https://www.reactivatur.es/es/, una vez ahí, haciendo click en el apartado de destacados, se pueden consultar las diferentes ayudas por comunidades autónomas. El mapa incluye por defecto las ayudas estatales en cada comunidad autónoma, por lo que aconsejamos usar el filtro por Comunidad Autónoma. 

BUSCADOR DE AYUDAS RECIBIDAS - RÉGIMEN DE MÍNIMIS

Para facilitar la comprobación de las ayudas recibidas sujetas a régimen de mínimis, el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones y Ayudas Públicas pone a disposición de todas las empresas y usuarios un buscador actualizado con todas las ayudas recibidas, agrupadas por empresa (NIF).

Recordamos que desde el 01 de enero de 2024 y hasta el 31 de diciembre de 2030, el nuevo límite de ayudas concedidas en régimen de mínimis es de 300.000€ en el ejercicio actual y los 2 anteriores. Se incrementa así en un 50% la cantidad establecida en 2008.