Con esta decisión del Consell,vuelve a ser legal fumar en las terrazas de hostelería de la Comunidad Valencia, equiparando esta regulación al resto de comunidades autónomas de España – recordemos que la Comunidad Valenciana era la única comunidad con la restricción vigente desde que el Consejo de Ministros de 4 de julio de 2023 acordara la finalización de la crisis y de las medidas extraordinarias adoptadas.
ACTUAL MARCO REGULATORIO DEL CONSUMO Y VENTA DE TABACO EN LA HOSTELERÍA DE LA COMUNIDAD VALENCIANA
Si lo desea, puede descargarse el INFORME HOSBEC DE APLICACIÓN DE LA LEY DEL TABACO donde encontrará la información detallada sobre la regulación del consumo de tabaco tanto en hoteles y alojamiento turísticos así como en establecimientos de restauración.
No obstante, a modo resumen y referida al consumo de tabaco en terrazas de hostelería, recordamos:
Definición de terraza / espacio al aire libre: todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
En los establecimientos de hosteleríasólo estará permitido fumar en los espacios al aire libre.
Pese a que la ley permita fumar en estos espacios, el hostelero tiene la potestad de prohibirlo* aun en el caso que la terraza esté ubicada en suelo público.
*En estos casos, recomendamos indicar claramente en la mesa o espacio que aplica la prohibición de fumar.
Esperando que esta información sea de su interés, reciba un cordial saludo.