El Gobierno aprueba un amplio paquete de medidas extraordinarias de Seguridad Social para garantizar la protección de personas y empresas afectadas por la DANA
Se ha creado una incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA, garantizando el 75% del salario desde el primer día de la baja.
Las pensiones de incapacidad permanente, viudedad y orfandad también se asimilarán a las derivadas de accidentes laborales. Esto supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo, que se hará en base a los ingresos totales del último año.
Las personas beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital (IMV) o pensiones no contributivas (PNC) en las zonas declaradas gravemente afectadas recibirán un complemento adicional extraordinario del 15%.
Se aprueba una mejora en la prestación por cese de actividad para autónomos directamente afectados por el temporal que deban suspender su actividad.
Para empresas acogidas a ERTE y autónomos, afectados directamente por la DANA, se establece el “coste cero” en cotizaciones sociales para mitigar la falta de ingresos, favoreciendo así el mantenimiento del empleo y una rápida reactivación de la actividad productiva.
El Consejo de Ministros ha aprobado este martes, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, un paquete de medidas extraordinarias de protección y apoyo para paliar los efectos de la DANA.
Estas actuaciones se incluyen en el Plan de Respuesta Inmediata, que supondrá una inversión de 10.600 millones de euros para hacer frente a la emergencia por la DANA. Las ayudas, que mejoran las previstas en la legislación vigente, tienen como objetivo proteger a los trabajadores y reforzar el tejido productivo en las zonas gravemente afectadas, con especial atención a la protección de las personas más vulnerables.
Creación de incapacidad temporal extraordinaria Se ha creado una incapacidad temporal extraordinaria para trabajadores por cuenta ajena o autónomos con daños físicos y psicológicos provocados por la DANA, para que se asimilen a las derivadas de Accidente de Trabajo. En concreto, las prestaciones por incapacidad temporal y permanente garantizarán desde el primer día el 75% del salario.
Las pensiones de viudedad y orfandad también se asimilarán a accidentes laborales. Esto supone un aumento de la cuantía y una mejora del cálculo, que se hará en base a los ingresos totales del último año.
Complemento del 15% para el IMV y pensiones no contributivas
Para responder a la situación de vulnerabilidad de las personas que perciben el Ingreso Mínimo Vital o una Pensión No Contributiva y que han sido afectadas por la DANA, se abonará un complemento especial del 15% durante al menos tres meses, adicional a la prestación o pensión que ya reciben.
Además, el Ministerio de Inclusión ha habilitado el teléfono corto 020 del IMV, con un incremento del 40% en su personal, para atender consultas y facilitar información sobre esta prestación.
Cese de actividad extraordinario para autónomos afectados
El paquete de medidas incluye una mejora extraordinaria en la prestación por cese de actividad para los autónomos cuyos negocios se han visto afectados directamente por la DANA. Esta medida ofrece una protección ampliada que asegura sus ingresos y facilita una reincorporación gradual a la actividad cuando sea posible. Los autónomos afectados podrán acceder a esta prestación incluso si no cumplen con el periodo mínimo de cotización (habitualmente 12 meses), y sin que este tiempo les compute de cara a futuras prestaciones (lo que se conoce como “contador a cero”).
Medidas para proteger el tejido productivo Para empresas que se acojan al ERTE y trabajadores autónomos afectados directamente por la DANA, se establece el “coste cero” en cotizaciones sociales para mitigar la falta de ingresos, favoreciendo así el mantenimiento del empleo y una rápida reactivación de la actividad productiva, al menos hasta 2025. Este periodo será considerado plenamente cotizado a efectos de futuras prestaciones.
Asimismo, se aprueban aplazamientos y moratorias con condiciones especiales en el pago de obligaciones con la Seguridad Social para las empresas de zonas no afectadas directamente, pero que han sufrido el impacto de la DANA.
Para las empresas que puedan continuar su actividad, se habilita la opción de solicitar aplazamientos a un tipo de interés reducido del 0,5% durante los próximos cuatro meses, o bien moratorias a un año con interés cero en el pago de cotizaciones sociales.
Con el fin de proteger el tejido productivo, se ofrecerán facilidades adicionales para el pago de cotizaciones a la Seguridad Social, incluyendo la suspensión y ampliación de plazos, así como facilidades para realizar bajas y modificaciones en los datos de trabajadores.
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