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NUEVO R. DECRETO LEGIONELLA: PLAN DE PREVENCIÓN Y CONTROL PROPUESTO POR HOSBEC PARA 2023

El nuevo Real Decreto 487/2022, de 21 de junio por el que se establecen los requisitos sanitarios para la prevención y control de la legionelosis entra en vigor el 2 de enero de 2023. 

Teniendo en cuenta las dudas interpretativas de la norma pendientes de resolver por las Autoridades Sanitarias, y el periodo de adaptación de un año que la propia normativa establece para el Plan de Prevención y Control de Legionella (PPCL), desde HOSBEC se ha desarrollado una propuesta de dicho Plan a aplicar en los Alojamientos Turístico para este año de transición 2023.

El miércoles 21 de diciembre, en el Acto HOSBEC-SALUD de cierre de año donde este departamento reúne a los asociados para hacer entrega de los libros-registro de autocontrol en higiene y otorgar los Premios EXCELENCIA en Higiene, se impartió una Charla informativa sobre las novedades del nuevo Real Decreto de prevención y control de Legionella y el programa propuesto por HOSBEC para el año 2023.

Como se menciona anteriormente, atendiendo a las múltiples interrogantes pendientes de resolver de la norma, y el periodo de transición establecido en la misma, desde HOSBEC se ha considerado necesario, en tanto no se dispongan de directrices al respecto por parte de las Autoridades Sanitarias, desarrollar una propuesta de Plan de Prevención y Control de Legionella que concrete las medidas a aplicar en los Alojamientos Turísticos para el año 2023.

A continuación, resumimos las principales medidas y novedades propuestas en las gestión de las principales instalaciones de riesgo de Legionella de los Alojamientos Turísticos, así como en el plan de formación que se requiere para los operarios propios de los establecimientos.

Sistemas de Agua Caliente Sanitaria (ACS)

  • No se requerirá apertura y limpieza y desinfección trimestral de acumuladores. Previsiblemente este punto de la norma será modificado, de manera que sólo se requiera revisar el estado de limpieza y mantenimiento de los acumuladores, y limpiarlos en función del resultado de dicha revisión. Por tanto, la limpieza y desinfección de los mismos se realizará anualmente junto con la de todo el sistema ACS.
  • Para el año 2023, atendiendo al periodo de transición de un año que aplicaría al PPCL, no será obligatorio cumplir con la periodicidad de muestreo de Legionella trimestral establecido por la norma. Por tanto, se requeriría frecuencia anual, a muestrear entre los 15 días y un mes tras la limpieza y desinfección general del sistema. De igual modo, el número de muestras a tomar se calculará considerando cada habitación o cuarto húmedo como un punto terminal, y no cada grifo como inicialmente se estableció. Tampoco para este año de transición se recomienda realizar analíticas de aerobios o de hierro junto a las de Legionella spp. en tanto en cuanto no se dispongan de directrices al respecto.
  • El resto de medidas y controles serán las mismas que venían realizándose hasta ahora.
 

Sistema de Agua Fría Sanitaria (AFS)

  • Se insta que se realicen los controles de temperatura del AFS en la acometida, depósitos y puntos terminales semanalmente a lo largo del año, de manera que se pueda realizar un diagnóstico y evaluación lo más precisa posible sobre esta problemática. Convendrá disponer de termómetros instalados en los depósitos para facilitar dicha tarea.
  • Aquellos establecimientos que dispongan de depósitos intermedios de AFS con cloradores automáticos deberán valorar la instalación de reguladores automáticos de pH en los mismos.
  • El plan de muestreo y análisis de Legionella en AFS seguirá los mismos criterios que los propuestos anteriormente para el sistema ACS.
  • El resto de medidas y controles serán las mismas que venían realizándose hasta ahora.

Piscinas climatizadas (o >24ºC) con elementos que generen aerosoles (chorros hidromasajes, cascadas, setas, cuellos cisne, juegos infantiles acuáticos…)

  • La norma en este apartado engloba a todas estas piscinas, independiente de la temperatura de funcionamiento o volumen del vaso. Por tanto, aplicar los planes de limpieza y desinfección semestrales (con el consecuente vaciado) de las mismas puede resultar inviable en determinadas instalaciones por el enorme despilfarro de agua, e incluso contravenir normativas medioambientales. Dicho esto, y a la espera de las pertinentes modificaciones normativas o directrices al respecto, se seguirán las directrices:
    • Vasos climatizados (>30ºC) con volumen <5 m³: debe realizar L&D semestral con vaciado, tal como se describe en la norma.
    • Vasos climatizados (>30ºC) con volumen >5 m³: sólo se realizaría L&D con vaciado una vez al año. A los seis meses se propone realizar una desinfección química sin vaciado.
    • Vasos NO climatizados, con volumen <5 m³ (normalmente son instalaciones de temporada): debe realizar L&D anual con vaciado, previa apertura de las instalaciones.
    • Vasos NO climatizados, con volumen >5 m³ (normalmente piscinas que se mantienen operativas a lo largo del año, aunque sin uso fuera de temporada veraniega): en este tipo de vasos no se requerirá realizar limpieza y desinfección semestral, salvo que las autoridades sanitarias recomendasen de manera particular lo contrario.
  • Se requerirá conectar los dispositivos generadores de aerosoles durante 10 minutos previa apertura al público, y mantener los sistemas de filtrado y desinfección operativos al menos 4 horas tras el cierre del vaso. Sólo en los vasos que resulte factible (normalmente los de menos de 5 m³) se realizará una desinfección más intensa al final de la jornada.
  • En cuanto al plan de muestreo, se seguirá los dispuesto al respecto en el R. Decreto 742/2013 sobre los criterios higiénico-sanitarios de piscinas en cuanto a frecuencias y puntos de muestreo. En piscinas no climatizadas con elevadas tasas de aerosolización (jacuzzis exteriores, juegos infantiles acuáticos…) se recomienda realizar analíticas mensuales en el periodo veraniego.
 

Plan de formación para personal propio de los establecimientos con funciones de control y prevención de Legionella

Según los establecido en la norma, se distinguen tres tipos de operarios en función de sus competencias:

  • Operarios que realicen tareas básicas de control en la prevención de Legionella (y que en ningún caso supongan la aplicación de biocidas u otros productos químicos sobre el agua o las superficies de las propias instalaciones)
    • Para estos empleados HOSBEC ofrecerá cursos de formación al efecto para sus establecimientos asociados, en un formato similar al establecido para manipuladores de alimentos: cursos de 4/5 horas, modalidad presencial o videopresencial, con examen de aptitud, etc.
  • Operarios que realicen tareas de tratamiento del agua o limpieza y desinfección de instalaciones de riesgo de Legionella
    • Los operarios que realicen estas funciones deberán disponer de un Certificado de Profesionalidad relativo al mantenimiento higiénico-sanitario de instalaciones susceptibles de proliferación de Legionella (cursos de 250 horas), formación que será impulsada por HOSBEC en colaboración con Turisme CV
    • Aquellos operarios que a fecha 31-dic-2022 tengan en vigor el Certificado de Aprovechamiento requeridos por el anterior Real Decreto de prevención de Legionella, se les extenderá automáticamente su validez (y competencias) hasta el 31-dic-2027.
    • En ningún caso esta formación capacita al operario para realizar tratamientos con biocidas de uso profesional especializado.
  • Responsable técnico del PPCL
    • La normativa establece que esta persona debe disponer de la formación y conocimientos adecuados para gestionar totalmente el PPCL.
    • En caso que se requiriese aplicar biocidas de uso profesional especializado, la capacitación del responsable sería la establecida en el artículo 5 del R. Decreto 830/2010 (titulación universitaria o formación profesional superior en salud ambiental).
    • Desde HOSBEC planteamos que la formación que habilite al responsable técnico sea la misma que a los operarios que realicen las tareas de tratamiento o limpieza y desinfección de instalaciones, siempre y cuando se cuente con asesoramiento externo especializado.